Requerimiento del servicio
GOAL invita a proveedores potenciales con experiencia ampliamente comprobada para presentar ofertas para: “Consultoría para la elaboración del manual de actuación para Incendios de Interfaz (manual del instructor y del participante) “
Consultoría para la elaboración del manual del instructor y del participante en Manejo Integral del Fuego “
Objetivo General del servicio:
Facilitar asistencia técnica a la UGA de la Municipalidad de Distrito Central y Valle de Ángeles, con la elaboración de módulos de capacitación y estrategias de abordaje dirigido a los CODEL y Brigadas Forestales, en actuación de Incendios Interfaz.
Especificaciones Técnicas para la consultoría
Antecedentes:
La Alcaldía Municipal del Distrito Central (AMDC) y la Alcaldía Municipal de Valle de Ángeles con el apoyo de la Asociación GOAL Internacional ejecuta el proyecto denominado Barrio Resiliente Incendios de Interfaz Urbano Forestal. El Proyecto es financiado por la oficina de asuntos humanitarios (BHA por sus siglas en inglés) de la agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID). La duración del proyecto es de 18 meses.
USAID/BHA ha impulsado en la región Latinoamericana la importancia y consideración del abordaje del riesgo de incendios de interfaz urbano forestal. Iniciativas en Chile, Colombia y Costa Rica han sido desarrolladas en años anteriores. Para el año 2022, Honduras comenzó su incursión en este proceso a través de la creación y posicionamiento de esta agenda a nivel nacional, conformación de un equipo elite que lidere procesos de incidencia y operativice acciones a nivel institucionalidad, municipal y de barrios como parte de los procesos demostrativos de la aplicabilidad del enfoque.
GOAL trabajará con instancias claves del SINAGER que dentro de sus competencias se vincule la amenaza de incendios de interfaz urbano forestal; inicialmente se visualizan instancias relevantes como Cuerpo de Bomberos de Honduras, Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF), Alcaldías a través de sus unidades de UMA/UGA, CODEM, y unidades de planificación urbana; colegios de profesionales forestales, COPECO.
Objetivo
Facilitar asistencia técnica a la UGA de la Municipalidad de Distrito Central y Valle de Ángeles, con la elaboración de módulos de capacitación y estrategias de abordaje dirigido a los CODEL y Brigadas Forestales, en actuación de Incendios Interfaz.
Detalle de productos Actividades
- Desarrollar manuales del participante y del facilitador en conjunto con el Heroico y Benemérito cuerpo de Bomberos de Honduras, la UGA de las Municipalidades del Distrito Central y de Valle de Ángeles. Dirigido hacia las necesidades de formación de los CODEL y Brigadas Forestales. El manual deberá ser validado por el Heroico y Benemérito cuerpo de Bomberos de Honduras y en algunos aspectos por parte de ICF.
Asesoría técnica, mejora infraestructura para RRD en incendios interfaz
Los temas mínimos para abordar y no limitándose a:
- Definición de Incendios Interfaz, características, riesgos en los incendios de interfaz y análisis de la situación.
- Evaluación y Reconocimiento
- Actuaciones en Incendios Estructurales
- Actuaciones en Incendios Forestales
- Actuaciones en Incendios de Interfaz Urbano Forestal
a. Características de los bomberos que abordaran incendios del tipo interfaz urbano forestal
b. Elementos relevantes para la interpretación de la topografía y como orientarse en el territorio para atención al incendio
c. Construcciones de líneas de control y de defensa
d. tipos de combates a incendios de interfaz y como desarrollarlos
e. Medios y Acciones preventivas, de control, liquidación
f. Definición de herramientas, equipos y accesorios para el combate de incendios - Evaluación de la efectividad del plan de ataque
- Acciones después del paso del incendio (liquidación entre otras)
- Seguridad Especifica en Incendios de Interfaz
- Conclusiones.
- Otros que estime el consultor
- Referencias bibliográficas
Cada tema deberá tener una evaluación de conocimiento de un máximo de 5 preguntas. En base a los objetivos del aprendizaje
Nota importante: En esta actividad se acepta que las capacitaciones sean fuertemente interactivas, se prevé sustituir en mayor medida el uso de rotafolios o presentaciones con contenidos, por dinámicas con material didáctico relevante que permita una comprensión clara y concisa para los participantes.
1. El manual debe de citar según normas APPA las referencias bibliográficas utilizadas para la construcción del manual.
2. Desarrollar y compilar el material didáctico de apoyo que serán requeridos para el desarrollo de la consultoría (los cuales deberán estar ligados a los manuales de instructor). Por ejemplo y no limitándose a: rompecabezas, videos, otros.
Productos
• Manuales de participante e instructor (de los temas enunciados en el punto No1 de las actividades) y evaluaciones de conocimiento de los temas de capacitación. En digital y formato editable.
• Un ejemplar, por cada tema de capacitación, de los materiales didácticos que serán parte de los recursos de las capacitaciones.
• Validación y socialización de los productos con personal de la UGA de ambas Alcaldías y equipo elite del proyecto. Existe una red de instructores, los cuales deben participar en esta validación/socialización de los productos.
Asesoría técnica, mejora infraestructura para RRD en incendios interfaz
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Perfil
• El o la profesional postulante deberá tener experiencia en elaboración de materiales de capacitación (manuales de participantes, planes de lección, guías metodológicas, material didáctico, ayudas visuales) y abordaje de estructuras comunitarias, con capacidad demostrada en la elaboración de manuales de capacitación, montaje y desarrollo de capacitaciones.
• Experiencia no menor a 10 años.
• El o la postulante deberá demostrar en su cv la experiencia solicitada. De preferencia adjuntar información respaldo ejemplo de sus trabajos realizados.
Habilidades y destrezas
• Con conocimiento demostrado en la temática de la gestión integral del riesgo.
• Capacidad de trabajar en equipo
• Habilidades de trabajo bajo presión.
Tiempo
Duración tres meses iniciando en el mes de enero y finalizando en marzo 2023.
Producto 1
Los primeros cuatro temas (enunciados en el punto No1.), del manual del instructor y del participante con sus respectivos materiales didácticos. En formato digital y editable, Mes uno
Producto 2
Los restantes cuatro temas (enunciados en el punto No1.), del manual del instructor y del participante con sus respectivos materiales didácticos. En formato digital y editable. Mes dos
Producto 3
Validación y socialización de los productos con personal de la UGA de ambas Alcaldías y equipo elite del proyecto. Existe una red de instructores, los cuales deben participar en esta validación/socialización de los productos. Mes tres
Para el desarrollo de las actividades GOAL proporcionará la siguiente logística:
- Traslado a las comunidades del proyecto, si fuese necesario.
- Material de bioseguridad (mascarillas, gel)
- Visibilidad (chaleco GOAL), para movilizarse a las comunidades
El consultor utilizará su propia computadora, para el desarrollo de la consultoría.
Modalidad de pago
Los pagos serán efectuados por Asociación GOAL Internacional de manera mensual, de acuerdo con los productos que serán entregados en el marco de la asesoría.
Pago 1. Inicio de contrato y plan de trabajo para el desarrollo de la consultoría. 20%
Pago 2. Inicio de contrato y plan de trabajo para el desarrollo de la consultoría. 30%
Pago 3. Pago contra entrega de los productos pactados en el mes 2. 30%
Pago 4. Validación y socialización de los productos con personal de la UGA de ambas Alcaldías y equipo elite del proyecto 20%
De cada pago se retendrá el 12.5% de los Honorarios Profesionales del consultor conforme es aplicable, de conformidad con la ley del Impuesto sobre la Renta de la Republica de Honduras.
Todo pago se realizará previo a la aprobación de GOAL.
Políticas GOAL
SALVAGUARDIA
Los niños, niñas y los adultos en situación de vulnerabilidad deben estar protegidos en la mayor medida posible de acciones deliberadas o inadvertidas y fallas que los ponen en riesgo de abuso, explotación sexual, lesiones y cualquier otro daño. Una de las formas en que GOAL muestra este compromiso continuo con la protección es incluir rigurosos antecedentes y verificaciones de referencia en el proceso de selección para todos los candidatos.
RESPONSABILIDAD DENTRO DE GOAL
Junto con nuestra política de protección, GOAL es un empleador que ofrece igualdad de oportunidades y tiene un conjunto de políticas de integridad. Se espera que cualquier candidato que ofrezca un trabajo con GOAL se adhiera a las siguientes áreas clave de responsabilidad:
• Cumplir con las políticas y procedimientos de GOAL con respecto a la protección, el Código de Conducta, la salud y la seguridad, la protección de datos y la confidencialidad, los principios de no dañar y los protocolos de comportamiento inaceptables.
• Informar cualquier inquietud sobre el bienestar de un niño o adulto en situación de vulnerabilidad, o cualquier irregularidad dentro de nuestra área de programación.
• Informar cualquier inquietud sobre el comportamiento inapropiado de un personal o socio de GOAL.
TÉRMINOS Y CONDICIONES ESTÁNDARES DE GOAL
TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA CONTRATOS PARA LA ADQUISICIÓN DE SERVICIOS Y TRABAJOS
1. ALCANCE Y APLICABILIDAD
Estos Términos y Condiciones de Contrato aplica para todas las entregas de servicios y trabajos hechos para GOAL a pesar de los términos y condiciones conflictivos, contrarios o adicionales en cualquier orden de compra u otra comunicación del proveedor de servicios/contratista. Esos tales términos y condiciones conflictivos, contrarios o adicionales no se considerarán aceptados por nosotros hasta que confirmemos expresamente nuestra aceptación por escrito.
2. ESTATUS LEGAL
Se considerará que el proveedor de servicios/contratista tiene el estatus legal de un contratista independiente con relación a GOAL. El proveedor de servicios/contratista, sus empleados, subcontratistas y asociados no serán considerados de ninguna manera empleados de GOAL. El proveedor de servicios/contratista será completamente responsable por todos los trabajos y servicios hechos por sus empleados, subcontratistas y asociados, y por todos los actos y omisiones de tales empleados, subcontratistas y asociados.
3. SUB-CONTRATACIÓN
En el caso que el proveedor de servicios/contratista requiera los servicios de un subcontratista, el proveedor de servicios/contratista deberá obtener el permiso previo por escrito de GOAL para todos los subcontratistas. El proveedor de servicios/contratista será completamente responsable por todos los trabajos y servicios hechos por sus subcontratistas y proveedor de servicios/contratista, y por todos los actos y omisiones de tales subcontratistas y proveedores. La aprobación de un subcontratista por GOAL no eximirá al proveedor de servicios/contratista de cualquiera de sus obligaciones bajo este Contrato. Los términos de cualquier subcontrato estarán sujetos a y de acuerdo a las provisiones de este Contrato.
4. ASIGNACIÓN DE PERSONAL
El proveedor de servicios/contratista no deberá asignar otras personas que no sean las aceptadas por GOAL para el trabajo que se haga bajo este Contrato.
5. OBLIGACIONES
El proveedor de servicios/contratista no buscará ni aceptará instrucciones relacionados con este contrato de ninguna autoridad externa a GOAL. Los proveedores de servicio/contratistas no deberán comunicar en ningún momento a ninguna persona, gobierno o autoridad externa a GOAL, cualquier información que sepan por su asociación con GOAL que no se haya hecho pública; excepto en el ejercicio de sus funciones o por autorización de GOAL: los proveedores de servicio/contratistas en ningún momento podrán usar tal información para beneficio propio. Estas obligaciones no prescriben tras la rescisión/vencimiento de su acuerdo con GOAL.
6. LA RESPONSABILIDAD DEL PROVEEDOR DE SERVICIOS/CONTRATISTA SOBRE LOS EMPLEADOS
El proveedor de servicios/contratista será responsable por la competencia profesional y técnica de sus empleados y seleccionará, para trabajar bajo este Contrato, a personas confiables que trabajarán de forma efectiva en la implementación de este Contrato, que respetan las costumbres locales, y se ajustan a un alto estándar de conducta moral y ética, motivo de cualquier otro reclamo o demanda contra el proveedor de Servicios/contratista.
7. ACEPTACIÓN Y RECONOCIMIENTO
El inicio de la ejecución bajo este contrato por el proveedor de servicios/contratista constituirá la aceptación del contrato, incluyendo todos los términos y condiciones aquí contenidos o incorporados por referencia.
8. GARANTÍA
Los servicios ejecutados garantizan desde la entrega y por un período de doce (12) meses desde la fecha de finalización del servicio prestado/trabajo completado bajo este Contrato se ajustarán en todos los aspectos al servicio y a los estándares aplicables especificados para dichos servicios y cualquier bien o producto provisto como parte del contrato y estarán libres de defectos materiales en mano de obra, material y diseño bajo uso normal. La garantía no cubre daños que resultan del mal uso, manejo negligente, falta de mantenimiento o cuidado razonable, accidente o abuso de cualquier otro aparte del proveedor de servicios/contratista.
El Proveedor de servicios/contratista garantiza que los servicios/construcción proporcionados según este Contrato se ajustan a las especificaciones y que están libres de daños y defectos en mano de obra o materiales. Esta garantía es sin perjuicio de otras garantías que el proveedor de servicios/contratista provea a los compradores. Tales garantías deberán aplicar a los servicios y trabajos sujetos a este contrato.
9. CONTROLES Y AUDITORÍA
El proveedor de servicios/contratista deberá permitir que cualquier auditor externo autorizado por GOAL verifique, mediante el examen de los documentos y para hacer copias de estos o mediante controles en el sitio de documentos originales, la implementación del contrato y conducir una auditoría completa, de ser necesario, sobre la base de documentos de soporte para las cuentas, documentos de contabilidad y cualquier otro documento relevante al financiamiento del proyecto. El proveedor de servicios/contratista debe asegurar que el acceso al lugar esté disponible en todo momento razonable. El proveedor de servicios/contratista deberá asegurar que la información esté fácilmente disponible en el momento de la auditoria y si así fuera solicitado, que los datos sean entregados en forma adecuada. Estas inspecciones pueden ocurrir hasta 7 años después del pago final.
Además, el proveedor de servicios/contratista deberá permitir que cualquier auditor autorizado por GOAL lleve a cabo verificaciones necesarias para llevar a cabo controles y verificaciones en el lugar de acuerdo con los procedimientos establecidos por el donante o en la legislación de la Unión Europea para la protección de los intereses financieros de la Unión Europea contra el fraude y otras irregularidades.
Para tal fin, el proveedor de servicios/contratista se compromete a dar el acceso adecuado a cualquier auditor externo autorizado por GOAL para que lleve a cabo las verificaciones requeridas a los sitios o ubicaciones en donde se implementa el proyecto, incluyendo sus sistemas de información, así como todos los documentos y bases de datos relacionados con la administración técnica y financiera de la acción y de tomar las medidas para facilitar su trabajo. El acceso dado a los agentes de cualquier auditor externo autorizado por GOAL para llevar a cabo verificaciones debe ser basado en la confidencialidad en relación con terceras personas, sin perjuicio de las obligaciones a la ley pública a la cual están sujetos. Los documentos deberán ser fácilmente accesibles y archivados para facilitar su examen y el proveedor de servicios/contratista debe informar a GOAL de su ubicación exacta.
El proveedor de servicios/contratista garantiza que los derechos de cualquier auditor externo autorizado por GOAL llevando a cabo verificaciones requeridas para llevar a cabo auditorías, controles y verificación serán igualmente aplicables, bajo las mismas condiciones y de acuerdo con las mismas reglas como se establece en este Artículo, a los socios y subcontratistas del proveedor de servicios/contratista. Cuando un socio o subcontratista sea una organización internacional, cualquier acuerdo de verificación concluido entre tal organización y el donante aplica.
GOAL, sus donantes o cualquier otro representante debidamente autorizado, deberán tener acceso a cualquier libro, documento, papeles y registros del proveedor de servicios/contratista que sean directamente pertinentes al programa específico con el fin de realizar auditorías, exámenes, extractos y transcripciones
10. REGLA DE ORIGEN Y NACIONALIDAD
Si alguna regla de origen o nacionalidad aplica por requisitos del donante, que limita a los países elegibles por bienes y a las personas jurídicas y naturales, tales reglas se deben indicar o mencionar en el documento contractual. En tales casos el Proveedor debe apegarse a estas reglas y debe poder documentar y certificar el origen de los bienes y la nacionalidad de las personas jurídicas y naturales.
El incumplimiento de esta obligación llevará, después de una notificación formal, a la terminación del contrato, y GOAL tendrá el derecho de recuperar cualquier pérdida del Proveedor y no está obligada a hacer pagos posteriores al Proveedor.
11. INSPECCIÓN
Los representantes debidamente identificados de GOAL o del donante tendrán el derecho de inspeccionar y probar los bienes solicitados bajo este Contrato en las tiendas del proveedor de servicios/contratista, durante su fabricación, en los puertos o lugares de embarque, y el proveedor de servicios/contratista facilitará estas inspecciones. GOAL puede emitir una exención por escrito a su discreción. Cualquier inspección llevada a cabo por representantes de GOAL o del donante o cualquier exención no prejuzgará la implementación de las otras disposiciones relevantes de este Contrato en relación con las obligaciones suscritas por el proveedor de servicios/contratista, tales como garantía o especificaciones.
12. FUERZA MAYOR
Fuerza Mayor significará Actos de Dios, huelgas, encierros, interrupción o terminación del financiamiento de un donantes, leyes y regulaciones del país de operación, disturbios industriales, actos de enemigos públicos, disturbios civiles, actos de Guerra (ya sea declarados o no), explosiones, bloqueos, insurrecciones, disturbios, epidemia, derrumbes, terremotos, eventos de clima severo, disturbios civiles, y cualquier otro evento impredecible similar que esté fuera del control de las partes y que no pueden superarse con la debida diligencia.
En el caso de, y tan pronto como sea posible, y a un plazo máximo de quince (15) días después de la ocurrencia de cualquier causa que constituya Fuerza Mayor, el proveedor de servicios/contratista deberá notificar con detalles completos por escrito a GOAL de tal ocurrencia o cambio si se interpreta que el proveedor de servicios/contratista es incapaz de cumplir con sus obligaciones, total o parcialmente y cumplir con sus responsabilidades bajo este Contrato. El proveedor de servicios/contratista deberá también notificar a GOAL de cualquier otro cambio en las condiciones o en la ocurrencia de cualquier otro evento que interfiera o amenace con interferir con su desempeño en este Contrato. Al recibir la notificación requerida en este artículo, GOAL tomará las medidas que, a su entera discreción, considere que sean adecuadas o necesarias bajas las circunstancias, incluyendo otorgar al proveedor de servicios/contratista una extensión razonable de tiempo para que cumpla sus obligaciones de este Contrato, o la terminación del Contrato si cualquier demora obligará la extensión del programa de entrega.
A pesar de cualquier cosa contraria en este Contrato, el proveedor de servicios/contratista reconoce que el trabajo y los servicios se pueden realizar bajo condiciones duras y hostiles causado por disturbios civiles. Consecuentemente, las demoras o el incumplimiento debido a eventos que surjan por eventos civiles o relacionados con ellos no constituirán por sí mismos, Fuerza Mayor en este Contrato.
13. INCUMPLIMIENTO
En el caso que el contratista deje de cumplir con cualquier término del Contrato, incluyendo, pero no limitándose a dejar de hacer o negarse a hacer el servicio/trabajo dentro del plazo límite especificado, serán responsables de todos los daños sostenidos por GOAL, y GOAL podría adquirir los servicios/trabajos de otras fuentes y hacer responsable al Proveedor de cualquier costo adicional ocasionado por el mismo. GOAL podría cobrar los daños del contratista en sustitución a comprar los servicios/trabajos de otras fuentes. GOAL podría, mediante aviso escrito, terminar los derechos del contratista de continuar con el contrato o parte de este por el cual hubo incumplimiento, o si cualquier entrega de servicios es tardía, GOAL podría cancelar tal parte o todo el Contrato.
14. RECHAZO
En el caso de servicios ejecutados en base a especificaciones, resultados, pilotos o combinaciones de estos, GOAL tendrá el derecho de rechazar los servicios o parte de ellos si no se ajustan a las especificaciones del Contrato en la opinión de GOAL o si no es entregado en tiempo.
Cuando los servicios o trabajos o parte de ellos hayan sido rechazados, GOAL tendrá el derecho de, sin perjuicio de lo previsto en el Artículo 9, de exigir del proveedor de servicios/contratista la repetición inmediata o la entrega de servicios u obras aceptables en reemplazo de los mismos de acuerdo al contrato o la compra de otros servicios u obras similares en otro lugar y de reclamar del proveedor de servicios/contratista el valor de la pérdida o de los daños sufridos a causa del incumplimiento.
Los bienes o cualquier parte de cualquier obra o servicio, incluyendo cualquier estructura en obra de estos en posesión de GOAL o en el lugar del programa de GOAL que hayan sido rechazados por GOAL deberán ser retirados o destruidos y retirados a costas del proveedor de servicios/contratista dentro del período que GOAL especifique en el aviso de rechazo.
Después de que tal aviso haya sido enviado al proveedor de servicios/contratista, los bienes o cualquier parte de cualquier obra o servicio, incluyendo cualquier estructura en obra de estos, estarán al riesgo de este último. Si el de cualquier obra o servicio, incluyendo cualquier estructura en obra de estos dejara de retirar los bienes, la parte de cualquier obra o servicio u obra construida como se requiere en el aviso de rechazo, GOAL podrá disponer de estos, sin responsabilidad alguna hacia el proveedor de servicios/contratista, de la manera que considere conveniente, y podrá cobrar los costos de retirarlos al proveedor de servicios/contratista.
15. ENMIENDAS
No podrán hacerse cambios ni modificaciones a este Contrato excepto por acuerdo previo entre GOAL y el proveedor de servicios/contratista.
16. ASIGNACIONES Y QUIEBRA
El proveedor de servicios/contratista no podrá asignar, transferir, prendar, o hacer otra disposición de este Contrato o de cualquier parte de este ni de ninguno de los derechos, reclamos u obligaciones del proveedor de servicios/contratista proveedor de servicios/contratista de acuerdo a este contrato excepto con el consentimiento previo por escrito de GOAL.
En caso de que el proveedor de servicios/contratista se declarara en quiebra o el control del proveedor de servicios/contratista cambiara en virtud de quiebra, GOAL podrá, sin perjuicio de cualquier otro derecho o recurso, terminar este contrato dándole al proveedor de servicios/contratista un aviso por escrito de la terminación.
17. PAGO
El proveedor de servicios/contratista deberá facturar a GOAL y los términos de pago serán de treinta (30) días hábiles después de que GOAL haya confirmado internamente la aceptación de los servicios/obras y la presentación de una factura legal.
18. ANTI-SOBORNO/CORRUPCIÓN
El proveedor de servicios/contratista cumplirá con todas las leyes, estatutos y regulaciones aplicables relacionados con el antisoborno y anticorrupción incluyendo, pero no limitado a la Ley contra el soborno del Reino Unido del 2010 y Ley de prácticas corruptas en el extranjero de los Estados Unidos de 1977 (“Requisitos Relevantes”).
El proveedor de servicios/contratista deberá tener y mantener habilitado, durante todo el plazo de cualquier contrato con GOAL, sus propias políticas y procedimientos para asegurar cumplir con los Requisitos Relevantes.
El proveedor de servicios/contratista no deberá pagar ningún dinero a GOAL por la ejecución de este contrato, en caso de que algún miembro del personal de GOAL solicite al proveedor de servicios/contratista algún pago, comisión, soborno, o pago asociado o cualquier otra ventaja de cualquier tipo, y están obligados a reportar la solicitud o pago directamente al Director de País de GOAL dentro de treinta y seis horas. El no reportar cualquier solicitud de pago por un miembro del personal de GOAL o el pago real de un proveedor de servicios/contratista a un miembro del personal de GOAL al Director de País de GOAL resultará en la cancelación inmediata de cualquier contrato y podrá ocasionar la descalificación inmediata del proveedor de servicios/contratista de participar en futuros contratos con GOAL.
19. MINAS ANTI PERSONALES
El proveedor de servicios/contratista garantiza que no se dedica a la venta o fabricación, directa o indirecta, de minas antipersonales o de ningún componente producido para la operación de las mismas. Cualquier incumplimiento de esta representación o garantía le dará el derecho a GOAL de terminar inmediatamente este Contrato con la notificación al proveedor de servicios/contratista sin ningún costo para GOAL.
20. ADQUISICIONES ÉTICAS Y PRÁCTICAS EN ADQUISICIONES
El proveedor de servicios/contratista representa y garantiza que ni él ni ninguno de sus proveedor de servicios/contratista se dedica a ninguna práctica inconsistente con el siguiente código de conducta para proveedor de servicios/contratista: El empleo es de libre escogencia, la libertad de asociación y el derecho a la negociación colectiva son respetados, las condiciones de trabajo son seguras e higiénicas, no existe el trabajo infantil/se protegen los niños, se pagan salarios dignos, las horas laborales no son excesivas, no se practica la discriminación, se proporcional empleo regular, no se permite ningún trato severo o inhumano, se evitará o limitará cualquier daño al medio ambiente. Cualquier incumplimiento de esta representación y garantía le dará el derecho a GOAL de terminar este Contrato inmediatamente con la notificación al proveedor de servicios/contratista sin ningún costo para GOAL.
21. LOS OFICIALES NO SE BENEFICIARÁN
El proveedor de servicios/contratista garantiza que ningún oficial de GOAL ha recibido o será ofrecido por parte del proveedor de servicios/contratista ningún beneficio directo o indirecto derivado de este Contrato o de su adjudicación. El proveedor de servicios/contratista notificará inmediatamente a GOAL en caso de que cualquier oficial de GOAL solicite cualquier pago extraoficial o adicional o regalo para su cuenta personal. El proveedor de servicios/contratista acuerda que el incumplimiento de esta disposición es un incumplimiento de un término de este Contrato.
22. NEGOCIACIONES PREVIAS SUSTITUIDAS POR EL CONTRATO
Este contrato sustituye todas las comunicaciones, representaciones, acuerdos, negociaciones, solicitudes de propuestas y propuestas relacionadas con el tema de este Contrato.
23. VIOLACIONES A LA PROPIEDAD INTELECTUAL
El proveedor de servicios/contratista garantiza que el uso o suministro por parte de GOAL de los servicios vendidos bajo este Contrato no infringe ninguna patente, diseño, nombre comercial o marca comercial.
Además, el proveedor de servicios/contratista deberá, de acuerdo con esta garantía, indemnizar, defender y eximir a GOAL de cualquier acción o reclamo en contra de GOAL relacionado con la supuesta infracción de una patente, diseño, nombre comercial o marca comercial que surja en relación con los bienes vendidos bajo este Contrato.
Todos los mapas, diagramas, fotografías, planos, informes, recomendaciones, estimaciones, documentos y toda la información recompilados o recibidos por el proveedor de servicios/contratista será propiedad de GOAL, y serán tratados como confidencial y serán entregados solamente a personal autorizado de GOAL al completar el trabajo bajo este Contrato
A menos que sea autorizado por escrito por GOAL, el proveedor de servicios/contratista no podrá publicitar o hacer público el hecho de que es un proveedor de servicios/contratista de GOAL o usar el nombre, emblema o sello oficial de GOAL o ninguna abreviación del nombre de GOAL con fines publicitario o para cualquier otro propósito.
24. DERECHOS DE PROPIEDAD
GOAL tendrá todos los derechos intelectuales de propiedad incluyendo, pero no limitado a patentes, derechos de autor y marcas registradas, en relación al material que tiene una relación directa a, o si es hecha en consecuencia de, los servicios prestados a la organización por el proveedor de servicios/contratista. A solicitud de GOAL, el proveedor de servicios/contratista deberá tomar las medidas necesarias, ejecutar los documentos necesarios y generalmente asistir en asegurar tal propiedad transfiriéndolos a la organización en cumplimiento con los requisitos de la ley aplicable.
La propiedad de cualquier equipo o suministros que pueda ser proporcionado por GOAL y cualquier otro equipo debe ser regresado a GOAL a la finalización de este Contrato o cuando ya no lo necesite el proveedor de servicios/contratista. Tal equipo, cuando sea devuelto a GOAL deberá estar en la misma condición como cuando fue entregado al proveedor de servicios/contratista, sujeto al desgaste normal.
25. PROPIEDAD DEL EQUIPO
La propiedad de cualquier equipo o suministros que pueda ser proporcionado por GOAL sigue siendo de GOAL y cualquier otro equipo debe ser regresado a GOAL a la finalización de este Contrato o cuando ya no lo necesite el proveedor de servicios/contratista. Tal equipo, cuando sea devuelto a GOAL deberá estar en la misma condición como cuando fue entregado al proveedor de servicios/contratista, sujeto al desgaste normal. El proveedor de servicios/contratista será responsable de compensar a GOAL por el equipo que se considere dañado o degradado más allá del desgaste normal.
26. EMPAQUE
El proveedor de servicios/contratista empacará los bienes con material nuevo y sólido y con todo el cuidado, de acuerdo con los estándares comerciales normales de empaque para exportación para el tipo de bienes especificados en este documento. Tal material de empaque usado debe ser el adecuado para salvaguardar los bienes durante el transporte. El proveedor de servicios/contratista será responsable de cualquier daño o perdida que pueda ocurrir a causa de empaque defectuoso o inadecuado.
27. ENVÍO Y ENTREGA
Todos los servicios y trabajos serán entregados al lugar de entrega establecido en el Contrato, a cuenta y riesgo de pérdida o daño del proveedor de servicios/contratista hasta la entrega, a menos que se indique lo contrario en el Contrato.
28. SEGURO
El proveedor de servicios/contratista deberá proveer y en adelante mantener, durante la vigencia del presente Contrato y en cualquier extensión del mismo, todo el seguro de compensación de empleados o su equivalente en relación a sus empleados para cubrir reclamos por lesiones personales o muerte en relación con este Contrato. El proveedor de servicios/contratista deberá, a solicitud, proveer prueba a la satisfacción de GOAL de tal seguro de responsabilidad civil. El proveedor de servicios/contratista deberá además proveer tal seguro de salud y médico para sus agentes y empleados, así como lo considere necesario el proveedor de servicios/contratista. El proveedor del servicio deberá en todo caso, asegurar que tienen cobertura contra daños a terceros por la duración del contrato.
29. INDEMNIZACIÓN
El proveedor de servicios/contratista acuerda indemnizar, mantener y salvar a GOAL inofensivo y defender por su cuenta a GOAL, sus oficiales, agentes y empleados de y contra todos pleitos, reclamos, demandas y responsabilidades de cualquier naturaleza o tipo, incluidos los costos y gastos de los mismos y la responsabilidad que surja de y con respecto a, que resulte de o sea atribuible a actos u omisiones del proveedor de servicios/contratista o de sus empleados o sub contratistas sobre o relacionado con el desempeño de este Contrato. Esta disposición se extenderá a, pero no se limitará a, reclamos de responsabilidad sobre el producto.
GOAL notificará con prontitud al proveedor de servicios/contratista sobre cualquier tal pleito, reclamo, procedimiento, demanda o responsabilidad dentro de un período de tiempo razonable después de recibir notificación por escrito del mismo, y colaborará razonablemente con el proveedor de servicios/contratista, a costas del proveedor de servicios/contratista, en la investigación, defensa, o arreglos del mismo, sujeto a los privilegios e inmunidades de GOAL.
El proveedor de servicios/contratista no permitirá que ninguna retención, embargo u otro gravamen por parte de ninguna persona o entidad permanezca archivado en cualquier oficina pública u oficial o en archivo con GOAL contra cualquier dinero adeudado o vencido por cualquier trabajo realizado o materiales provistos bajo este Contrato, o por razón de cualquier otro reclamo o demanda contra el proveedor de servicios/contratista.
30. TERMINACIÓN DEL CONTRATO
Cualquiera de las partes puede cancelar este Contrato antes de la fecha de terminación del Contrato notificando por escrito a la otra parte. El período de notificación debe ser de cinco días en caso de contratos con un período total de menos de dos meses o catorce días en el caso de contratos con un período más largo.
En el caso que el Contrato se cancele antes de su fecha de terminación de esta manera, el proveedor de servicios/contratista deberá ser compensado solo por los bienes ya entregados a la satisfacción de GOAL. Los costos adicionales incurridos por GOAL a causa de la cancelación del Contrato por parte del proveedor de servicios/contratista pueden ser retenidos de cualquier valor que se deba al proveedor de servicios/contratista por parte de GOAL.
Este Contrato se cancelará automáticamente, y el proveedor de servicios/contratista no tendrá derecho a ningún tipo de compensación, si resulta que la adjudicación o la ejecución del contrato ha ocasionado gastos comerciales inusuales.
Tales gastos comerciales inusuales son comisiones no mencionados en el contrato principal o que no se deriven de un contrato debidamente concluido refiriéndose al contrato principal, comisiones no pagadas a cambio de un servicio real y legítimo, comisiones remitidas a un paraíso fiscal, comisiones pagadas a un receptor que no está claramente identificado o comisiones pagadas a una empresa que claramente tiene la apariencia de ser una empresa de fachada.
GOAL se reserva el derecho de retener los pagos mientras se lleva cabo cualquier investigación sobre sospechas de irregularidades o incumplimiento de la política. GOAL se reserva el derecho de no hacer pagos de valores debidos (aun cuando los bienes y servicios ya han sido provistos), en caso de que haya irregularidades.
31. CONFIDENCIALIDAD
El Proveedor no publicitará o hará público el hecho de que es Proveedor de GOAL sin la autorización específica de GOAL. El Proveedor tampoco utilizará el nombre de GOAL, o ninguna abreviación, en conexión con su negocio o similares. El incumplimiento de estas condiciones permitirá a GOAL cancelar el Contrato, o cualquier parte del mismo, y responsabilizar al Proveedor de cualquier daño que GOAL haya sufrido como resultado de los mismos.
32. DISPUTAS - ARBITRAJE
Cualquier reclamo o controversia que surja de o relacionado con este o cualquier otro contrato que resulte aquí, o al incumplimiento, cancelación o invalidez del mismo, será, a menos que se resuelva amigablemente por medio de la negociación, sometido a arbitraje de acuerdo a la ley Hondureña.
33. SOLUCIÓN DE DISPUTAS
Las partes deberán su mejor esfuerzo para resolver de forma amigable cualquier disputa, controversia o reclamo que resulte de o en conexión con este Contrato, incluyendo cualquier disputa relacionada a la existencia, validez o cancelación. Cuando las partes deseen buscar tal acuerdo amigable por medio de la conciliación, la conciliación se llevará a cabo de conformidad con las Reglas de Conciliación de UNCITRAL que se obtengan en ese momento, o según el procedimiento acordado entre las partes. A menos que cualquier disputa, controversia o reclamo entre las partes que surja de, o esté relacionada con este Contrato el incumplimiento, existencia, terminación o invalidez del mismo sea resuelto amigablemente conforme al párrafo anterior de este artículo dentro de sesenta (60) días de la recepción por una de las partes de la solicitud de la otra parte de tal resolución amigable, tal disputa, controversia o reclamo, será remitida por cualquiera de las partes a arbitraje de conformidad con las reglas de Arbitraje de UNCITRAL actualmente incluida su disposición sobre la ley aplicable. El lugar de arbitraje será (Honduras) y el idioma a utilizar en los procedimientos será el español. El tribunal de arbitraje no tendrá autoridad para otorgar daños punitivos. Además, a menos que se establezca expresamente lo contrario en este Contrato, el tribunal de arbitraje no tendrá autoridad para otorgar intereses. Las partes estarán obligadas por cualquier adjudicación arbitral dictada como resultado de dicho arbitraje y como la adjudicación final de cualquier disputa, controversia o reclamo.
34. RETENCIÓN DE IMPUESTOS
GOAL se reserva el derecho de retener impuestos de la factura del proveedor de servicios/contratista de ser requerido por la ley. Esto aplicará a menos que el proveedor de servicios/contratista presente la documentación requerida para eximir la retención de impuestos. (ej. Constancia de exoneración de retención de impuestos).
35. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
Estos Términos y Condiciones se regirán por las leyes de Honduras y estarán sujetos a la jurisdicción exclusiva de los Tribunales Irlandesas.
36. GARANTÍA BANCARIA
Cuando así lo requiera específicamente GOAL, el Proveedor deberá obtener una garantía bancaria de un banco respetable y aceptable por GOAL en la moneda en la que el Contrato es pagadero y por una cantidad determinada por GOAL, deberá obtenerse del proveedor de servicios/contratista a su propio costo y depositarlo en GOAL antes de iniciar el Contrato. En el caso de cualquier pérdida, daño y/o costos adicionales incurridos por GOAL por razón de incumplimiento del proveedor de servicios/contratista, negligencia o incumplimiento con los términos y condiciones del Contrato o cualquier parte del mismo, esa parte de cualquier pérdida, daño y/o costo extra que esté representada por el monto total o menor de dicha garantía deberá ser inmediatamente e inicialmente reembolsable a GOAL de dicha garantía sin perjuicio de su derecho a responsabilizar al proveedor de servicios/contratista por la cantidad total de dicha pérdida, daño y/o costo adicional. La garantía deberá tener validez por un período no menor a 30 días después que los servicios u obras se confirmen como concluidos por GOAL.
37. ESTÁNDARES AMBIENTALES
Los proveedores de servicios/contratistas deben cumplir como mínimo, con todos los estatutos y otros requisitos legales relacionados al impacto ambiental de su negocio. Las áreas que deben considerarse son:
• Manejo de desperdicios
• Envoltura y Papel
• Conservación
• Uso de energía
• Sostenibilidad
• Incluir algo sobre la fuente de materia prima
38. TRÁFICO HUMANO
GOAL ha adoptado una política de apoyar la prohibición de la trata de personas incluyendo las actividades relacionadas con la trata para cualquier propósito, incluyendo el trabajo forzoso. Los proveedores de servicios/contratistas y sus empleados, así como sus agentes no deberán: —
• Participar en formas severas de la trata de personas durante el período de ejecución del contrato;
• Contratar actos sexuales comerciales durante el período de ejecución del contrato;
• Usar trabajo forzoso en la ejecución del contrato;
• Destruir, ocultar, confiscar o negar de cualquier forma el acceso por parte de un empleado a la identidad o documentos de migración del empleado, tales como pasaportes o licencias de conducir, independiente de la autoridad emisora;
• Usar prácticas engañosas o fraudulentas durante el reclutamiento del personal o en el ofrecimiento de empleo, como no revelar en un formato o lenguaje accesible al trabajador, información básica o hacer declaraciones falsas durante la contratación de empleados en relación a los términos y condiciones principales del empleo, incluyendo salarios y beneficios, la ubicación del trabajo, las condiciones de vida, vivienda y costos relacionados (en caso que sea proporcionado o arreglado por el empleador o agente), cualquier costo significativo que vaya a ser cobrado al empleado, y si aplica, la naturaleza peligrosa del trabajo.
En caso de que el proveedor de servicios/contratista tome conocimiento de, o sospeche actividades de trata de personas durante la ejecución del Contrato, el Contratista debe informar inmediatamente a GOAL para permitir que se tome la acción adecuada.
En relación con cualquier contrato financiado por el Gobierno del Reino Unido, se espera que el proveedor de servicios/contratista esté familiarizado con los términos de la Ley de Esclavitud Moderna 2015 del Reino Unido, y cumplir con las condiciones de esa ley.
How to apply
GOAL, actuando en su calidad de Autoridad Contratante, invita a los oferentes debidamente calificados que deseen participar en este proceso de “Consultoría para la elaboración del manual de actuación para Incendios de Interfaz (manual del instructor y del participante)"
Este concurso se lleva a cabo bajo el procedimiento de Solicitud de cotización de GOAL. La Autoridad Contratante para esta adquisición es GOAL.
Cualquier consulta sobre esta RFQ debe dirigirse por escrito vía email a sherrera@hn.goal.ie Favor incluir el número de referencia: HN-HKQ-12242 y las palabras “se solicita aclaración” en la línea de tema.
Las cotizaciones deben entregarse de la siguiente manera:
Por email a sherrera@hn.goal.ie y en el campo de tema indicar:
- “Consultoría para la elaboración del manual de actuación para Incendios de Interfaz (manual del instructor y del participante) “Nombre de su empresa con el título del adjunto
- Número de emails que se envían ej. 1 de 3, 2 de 3, 3 de 3.
(Prueba de envío no es igual a prueba de recepción. GOAL no es responsable de fallas técnicas que pudieran prevenir la recepción de su email.)
Importante: Las ofertas transmitidas de otra forma u ofertas recibidas después de la fecha y hora límite no serán consideradas.
Todas las respuestas serán abiertas por el Comité de Adquisiciones de GOAL y todos los oferentes serán notificados de los resultados.
Revisar el link abajo descrito para descargar el RFQ para la contratación de: “Consultoría para la elaboración del manual de actuación para Incendios de Interfaz (manual del instructor y del participante)
https://drive.google.com/file/d/1L1DI9GMxTOVyb7CtkFq1BGfb3GNhhiQ4/view?usp=share_link